Son órganos de preparación de las decisiones del Pleno o que sustituyen a este último en determinados casos. Están integradas por un número de miembros fijado por la Mesa, que se distribuye entre los grupos parlamentarios en proporción a sus componentes. De esta forma, las comisiones reflejan a pequeña escala la composición política de la Cámara. Los Grupos Parlamentarios pueden sustituir libremente a sus miembros.
Dentro de las Comisiones procede distinguir entre las permanentes y las no permanentes. Las primeras están previstas con carácter necesario en el Reglamento de la Cámara, mientras que las segundas se crean eventualmente para un trabajo concreto, terminado el cual se extinguen.
Las Comisiones permanentes pueden ser, a su vez, legislativas o no legislativas, según la índole de sus funciones.
Dentro de las Comisiones no permanentes merecen destacarse las Comisiones de investigación, que son creadas por el Congreso o por el Congreso y el Senado conjuntamente, para investigar cualquier asunto de interés público.
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